MITECO abre a información pública las ayudas a proyectos de la cadena de valor renovable

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha abierto a audiencia e información pública la orden por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de cadena de valor, y la resolución para la primera convocatoria de ayudas para reforzar la cadena de valor de equipos necesarios para la transición a una economía de cero emisiones netas. El objetivo de estas inversiones es reforzar la autonomía estratégica española y europea en la cadena de valor de energías renovables y almacenamiento.

El pasado mes de abril ya se llevó a cabo una consulta previa de esta normativa, y ahora se somete a audiencia e información pública. Se podrán presentar alegaciones hasta el 29 de mayo.

El borrador presentado contempla «la producción de equipos pertinentes para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, a saber, baterías, paneles solares, turbinas eólicas o aerogeneradores, bombas de calor, y electrolizadores». También la producción de componentes esenciales diseñados y utilizados principalmente como insumo directo para la producción de los equipos mencionados arriba.

Baterías:

Serán subvencionables los proyectos de fabricación de baterías, celdas de baterías, ánodos, cátodos y membranas, así como la producción en estas fábricas de los componentes esenciales listados en el artículo 2 del borrador.

Se excluyen expresamente del ámbito de aplicación de esta orden ministerial la fabricación de baterías que tengan por objeto principal su uso para movilidad eléctrica.

Módulo o panel fotovoltaico:

Serán subvencionables los proyectos de fabricación de polisilicio, obleas, células fotovoltaicas y paneles solares, así como la producción en estas fábricas de los componentes esenciales listados en el artículo 2 del borrador.

Bomba de calor:

Serán subvencionables los proyectos de fabricación de bombas de calor, así como la producción en estas fábricas de los componentes esenciales listados en el artículo 2 del borrador.

Electrolizador:

Serán subvencionables los proyectos de fabricación de electrolizadores, ánodos, cátodos y membranas así como la producción en estas fábricas de los componentes esenciales listados en el artículo 2 del borrador.

Turbina eólica o aerogenerador:

Serán subvencionables los proyectos de fabricación de palas, estructuras para aerogeneradores, turbinas eólicas, así como la producción en estas fábricas de los componentes esenciales listados en el artículo 2 del borrador.

También se somete a consulta e información pública las bases y convocatoria de ayudas a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas.

 

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