El Gobierno aprueba que en los polígonos industriales se puedan compartir puntos de acceso eléctrico

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se desarrollan el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas. Según la normativa europea, son redes de distribución cerradas aquellas que suministran energía eléctrica a una zona industrial y que permiten agregar pequeños consumidores con distintas tensiones de red como si fueran un único gran consumidor conectado a una mayor tensión. Deben estar en una misma zona geográfica.

De esta manera, hasta 100 consumidores diferentes, desde algunos más pequeños a otros cuyo consumo sea mayor, pueden funcionar como un único gran consumidor “siempre que tengan relación con las industrias, estén en el interior de la red o sean adyacentes a la misma, y no representen más del 2% del consumo eléctrico total”, se precisa.

Este avance es clave para fomentar la reducción de costes energéticos en la industria (peajes y cargos), fomenta la competitividad de estas industrias y reduce sus costes operativos, lo que, además, evita el riesgo de deslocalización.

De acuerdo con la información, la norma prevé que “sólo las empresas industriales pertenecientes a la categoría B o C de la Clasificación nacional de Actividades Económicas (CNAE) y aquellas que aun perteneciendo a los grupos D y E se computen como industriales a efectos estadísticos, podrán conformar una red de distribución cerrada”.

Un punto importante del Real Decreto es que “los industriales titulares de la red cerrada tendrán que construirla o comprarla a una compañía distribuidora, y serán los responsables de gestionarla, de invertir en su mantenimiento y de facturar por los peajes, cargos y otros costes a los consumidores conectados a ella, mientras que los comercializadores que vendan electricidad a los miembros de la red cerrada sólo facturarán por la energía consumida”.

 

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