La reforma del mercado eléctrico de Bruselas busca impulsar las renovables, y el Parlamento aprueba acelerar los tejados solares

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La Comisión Europea ha presentado hoy oficialmente las propuestas de diseño del mercado eléctrico que estuvo en consulta pública hasta mediados de febrero. Estas propuestas deben aún ser debatidas y acordadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros de la UE antes de que sean vinculantes. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, confía en que lo sean a mediados del próximo año.

El Ejecutivo comunitario quiere que las renovables ganen más peso en el mix eléctrico, en concreto, un 70% de la electricidad europea deberá ser de origen renovable en 2030, frente al 22,3% de 2022 de solar y eólica.

Bruselas no introduce ningún cambio en el sistema de fijación de precios: la propuesta mantiene el sistema de precios marginalista en el mercado diario, de forma que la tecnología más cara –generalmente, el gas– fija el precio del resto de formas de generación.

A la vez, promueve que se reduzca la exposición a ese mercado volátil, facilitando que, de facto, se pueda desacoplar el precio del gas del de la electricidad.

Para las ayudas públicas a la inversión en renovables o nuclear, la Comisión propone recurrir siempre a los contratos por diferencias (o CfD), un contrato firmado entre un productor de electricidad y el Estado que fija, normalmente por subasta, un precio preestablecido para toda la duración de la inversión. Transcurrido ese periodo, el productor vende la energía en el mercado, y en caso de que el precio supera al preestablecido en el CfD, el Estado se queda con este superávit, que se redirigirá obligatoriamente para rebajar las facturas de los consumidores. Al contrario, si el precio de mercado es inferior al del contrato, el Estado tendrá que compensar a la compañía.

En caso de producirse un “exceso de ingresos” cuando los cuando los precios sean altos, estos deberán repercutirse directamente para rebajar las facturas eléctricas de todos los consumidores.

Además de las renovables, la tecnología nuclear podrá beneficarse de estas normas, tanto para la ampliación de las centrales existentes como en la creación de nuevas plantas.

Bruselas prevé también facilitar esquemas de capacidad y almacenamiento, de forma que durante los picos de consumo se pueda generar más electricidad de origen fósil o verter al sistema la que se haya almacenado, así como establecer mecanismos de reducción de demanda en los que se paga a un gran consumidor a cambio de interrumpir su abastecimiento en momentos de picos de demanda. Junto a esta propuesta, la Comisión también ha emitido hoy recomendaciones a los Estados miembros sobre el avance de la innovación, las tecnologías y las capacidades de almacenamiento.

Finalmente, se plantea que las compañías eléctricas deban ofrecer contratos a precio fijo a sus clientes, y se contempla el derecho de los particulares a vender o compartir la energía que genera con otros particulares.

No contempla algunas medidas planteadas por España

España presentó un documento de trabajo para la reforma que incluía, entre otras medidas, la posibilidad de establecer un precio fijo para la electricidad generada por instalaciones nucleares o hidráulicas ya amortizadas.

Fuentes comunitarias han señalado que no se ha incluido esa idea en la propuesta porque ese sistema retroactivo para cambiar las condiciones de precio fijadas previamente enviaría una «mala señal para los inversores».

 

Europa apoya los tejados solares

Además, la Comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE) del Parlamento Europeo ha votado hoy a favor de acelerar el despliegue de la energía solar en los edificios de la UE y adoptar la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EBPD) durante la sesión plenaria del Parlamento Europeo en Estrasburgo. Si la postura del Parlamento Europeo se mantiene, la ola de tejados solares arrancará ya en 2025, y se fija el siguiente calendario para establecer una norma obligatoria sobre cubiertas en los edificios:

  1. antes de la transposición de la Directiva a la legislación nacional, en todos los nuevos edificios públicos y nuevos edificios no residenciales;
  2. antes del 31 de diciembre de 2026, en todos los edificios públicos y no residenciales existentes;
  3. antes del 31 de diciembre de 2028, en todos los edificios residenciales y aparcamientos cubiertos nuevos;
  4. antes del 31 de diciembre de 2032, en todos los edificios sometidos a reformas importantes

Tras esta votación, las negociaciones a tres bandas entre el Consejo Europeo, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo comenzarán en los próximos meses. El Consejo Europeo apoya un calendario menos ambicioso que la Comisión o el Parlamento. Ellos decidirán sobre las disposiciones finales de la ley.

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