El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado la consulta pública previa relativa a la elaboración del Real Decreto por el que se regulan las condiciones de suministro y contratación de energía eléctrica y se establecen principios reguladores del agregador independiente.
Uno de los pilares sobre los que se asienta la directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, es el denominado “empoderamiento del consumidor”, que deja de situarse como un mero agente pasivo en la estructura general de los mercados energéticos, y pasa a erigirse como un sujeto plenamente activo que, participando en los mercados de electricidad, contribuye de manera decidida a lograr los objetivos de transición energética existentes.
La gestión de la demanda dotará al sistema de una nueva fuente de flexibilidad que permita seguir incorporando nueva tecnología renovable en el sistema eléctrico. Una de las formas en las que esa flexibilidad puede ofrecerse es a través del agregador independiente.
La transposición de esta figura, creada como sujeto del sistema eléctrico por el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, requiere, por un lado, de la concreción del modelo de agregación que se decida establecer a nivel nacional, pues existen diferentes modelos con impactos diversos entre todos los agentes involucrados. Por otro, y dado que dicho agente participará tanto en los mercados mayoristas como minoristas de electricidad, obligará a todas las autoridades reguladoras a abordar cambios normativos en todos los ámbitos del sector eléctrico, centrándose los esfuerzos de este real decreto en la regulación de carácter minorista.
En ese sentido, el MITECO pregunta cómo debería abordarse la regulación de esta figura para promover su desarrollo y despliegue, al tiempo que se cumple con los principios reguladores definidos en la mencionada directiva.
También lanza la cuestión de qué modelo de los conocidos (centralizado, descentralizado, con corrección del programa del comercializador, etc.), se considera apropiado para impulsar dicha figura ponderando los impactos que dichos modelos ocasionan sobre los restantes agentes del sector, fundamentalmente las comercializadoras de energía eléctrica (en términos de desvíos o corrección del programa para evitar incurrir en los mismos).
Se podrán enviar alegaciones hasta el lunes 27 de febrero.
Este contenido está protegido por derechos de autor y no se puede reutilizar. Si desea cooperar con nosotros y desea reutilizar parte de nuestro contenido, contacte: editors@pv-magazine.com.
Al enviar este formulario, usted acepta que pv magazine utilice sus datos con el fin de publicar su comentario.
Sus datos personales solo se divulgarán o transmitirán a terceros para evitar el filtrado de spam o si es necesario para el mantenimiento técnico del sitio web. Cualquier otra transferencia a terceros no tendrá lugar a menos que esté justificada sobre la base de las regulaciones de protección de datos aplicables o si pv magazine está legalmente obligado a hacerlo.
Puede revocar este consentimiento en cualquier momento con efecto para el futuro, en cuyo caso sus datos personales se eliminarán inmediatamente. De lo contrario, sus datos serán eliminados cuando pv magazine haya procesado su solicitud o si se ha cumplido el propósito del almacenamiento de datos.
Puede encontrar más información sobre privacidad de datos en nuestra Política de protección de datos.