España obligará a los proyectos renovables a retornar beneficios a las comunidades locales

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto varias consultas públicas clave sobre nuevas líneas de actuación en la obligación de retorno de beneficios a los entes locales, las zonas de aceleración renovable (ZAR) y la creación de un sello de excelencia social y territorial. Las tres estarán abiertas hasta el 15 de mayo.

Una de las consultas busca regular el estándar de excelencia social y territorial de los proyectos de generación de energía renovable, almacenamiento e infraestructuras de red, tal y como preveía el artículo 20 del Real Decreto-ley 7/2026.

Dicho artículo, titulado «Estándar de excelencia social y territorial», introduce en el ordenamiento jurídico español la figura de los proyectos de excelencia social y territorial, entendidos como aquellos que acreditan un elevado nivel de implicación social, un impacto socioeconómico positivo y excelencia ambiental en su diseño y operación.

El estándar de excelencia social y territorial tendrá carácter voluntario y podrán optar a él tanto proyectos de instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, como instalaciones de almacenamiento e instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica, con independencia del órgano competente para su tramitación ambiental y administrativa.

En esta consulta, el Ministerio pretende establecer los criterios mínimos que deben acreditar los proyectos para obtener el estándar, que deberán abordar, como mínimo:

  • Los procesos y mecanismos de participación ciudadana más allá de los obligatorios legalmente, tanto en términos de comunicación, exposición, consulta y opinión pública para el diseño, ejecución y operación del proyecto como en cuanto a participación en la financiación de los proyectos mediante mecanismos tales como crowdlending, crowdfunding, o participación en el accionariado de los proyectos;
  • la creación de empleo local asociada directa e indirectamente al proyecto, la atracción de actividad económica e industrial asociada, programas de formación y capacitación profesional, integración con la actividad agrícola y ganadera o programas de desarrollo local y vertebración territorial;
  • programas de impulso de comunidades energéticas o autoconsumo compartido, lucha contra la pobreza energética y beneficios en materia de suministro energético;
  • ubicación, diseño, construcción y operación del proyecto bajo criterios de excelencia ambiental.

La segunda consulta pretende desarrollar las condiciones y criterios para la valoración del cumplimiento de la obligación de retorno de beneficios a ciudadanos y comunidades locales en las proximidades de instalaciones de producción de energía eléctrica, en desarrollo de la disposición final octava, apartado cinco, del Real Decreto-ley 7/2026.

Este introduce una serie de disposiciones orientadas a garantizar que la transición energética genere retornos socioeconómicos positivos en los territorios donde se ubican las instalaciones de generación. La consulta busca, entre otras cosas:

  • dotar a la obligación de retorno de beneficios de los parámetros de medición, acreditación y verificación necesarios para su aplicación efectiva.
  • establecer los criterios para determinar qué mecanismos, procesos o proyectos constituyen un retorno de beneficios válido a los efectos del cumplimiento de la obligación, atendiendo a su impacto socioeconómico en el territorio y a la participación efectiva de los ciudadanos y entidades locales en su definición.
  • definir los requisitos que deben reunir los procesos locales de participación ciudadana
  • determinar los procedimientos de acreditación del cumplimiento de la obligación ante el órgano competente, así como los mecanismos de seguimiento y control durante la vida útil de la instalación.

 

Finalmente, la tercera consulta busca desarrollar los criterios mínimos y el catálogo de medidas de mitigación de las Zonas de Aceleración Renovable (ZAR), entendidas como ubicación o zona específica que se considera especialmente adecuadas para la instalación de instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables, incluyendo en su caso las instalaciones de almacenamiento electroquímico hibridado con estas.

 

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