Este viernes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden TED/1252/2025, de 27 de octubre, que introduce modificaciones puntuales en la regulación de la producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
En primer lugar, el artículo primero modifica dos aspectos de la Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia.
Por una parte, la actualización elimina la obligación de destinar los ingresos obtenidos por la venta de dichas garantías de origen a determinadas actividades, otorgando de esta forma mayor flexibilidad a los titulares de las instalaciones de producción.
Por otra parte, permite comercializar estas garantías en los mercados internacionales –siendo que hasta ahora, estas plantas solo podían vender sus certificados en el mercado nacional–.
Las garantías de origen son certificados emitidos por un organismo oficial (en España, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC), que acreditan que una determinada cantidad de energía ha sido generada mediante fuentes renovables de electricidad. Cada garantía de origen representa 1 MWh de energía renovable producido. Estas garantías se pueden comprar y vender, de modo que las comercializadoras las adquieren y luego las asignan a sus clientes. Gracias a este sistema, es posible seguir la pista de la energía verde desde la planta que la genera hasta la persona que la consume.
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