El autoconsumo residencial, comercial e industrial son una realidad en España desde hace más de una década. Con la publicación en 2019 de la actual normativa vigente, el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, el crecimiento del autoconsumo ha sido exponencial, terminando el pasado año 2023 con una cifra de casi 7 GW de potencia instalada.
Sin embargo, el autoconsumo colectivo es aún el gran desconocido para la mayoría de los ciudadanos. Compartir energía con tu vecino de arriba o con el frutero de la calle de en frente, son realidades que todavía no están presentes en nuestro día a día.
Según el “Informe sobre las conclusiones de la mesa de diálogo de autoconsumo” publicado por la CNMC el pasado mes de julio, en una encuesta realizada a los hogares españoles, solo el 1,5% de los entrevistados se acogía a esta modalidad de autoconsumo.
La legislación actual ya permite esta nueva forma de autoconsumir energía, pero la realidad es que muy pocos se aprovechan de ella. Este hecho nos obliga a plantearnos las razones de la escasa implementación de esta medida, ¿gestiones tediosas? ¿no se consigue el porcentaje adecuado de votos en la junta de vecinos? ¿o tal vez los ciudadanos no conocen que existe esta posibilidad?
Posiblemente una de las razones sea las complicaciones encontradas en el proceso de tramitación, que podrían agilizarse con el impulso de la figura del gestor del autoconsumo colectivo, o con simplificaciones en el acuerdo de reparto anual (documento que fija cuánta energía le corresponde a cada participante del colectivo), como pueden ser la activación del autoconsumo con la llegada a la distribuidora del primer acuerdo o firmar un contrato de reparto anual “genérico”. La poca o nula flexibilidad de esta modalidad de autoconsumo, que únicamente admite compartir la energía generada por la instalación renovable, puede ser otra de las principales causas por las que crece lentamente el autoconsumo colectivo.
Es por ello que desde UNEF queremos dar a conocer nuevas propuestas alternativas y complementarias a las que marca la regulación actual, que permiten compartir la energía que procede de la instalación fotovoltaica.
La primera de ellas, compartir excedentes en una comunidad de vecinos (o en un bloque de viviendas, oficinas…), que cambia el paradigma del autoconsumo colectivo actual, pues a día de hoy sólo se permite compartir la energía generada.
Sin entrar en muchos tecnicismos y con una explicación gráfica es fácil de describir esta medida:
La regulación actual obliga a los autoconsumos colectivos a instalar un contador extra a los ya existentes (el contador de generación neta, el amarillo en los dibujos). Este dispositivo es el encargado de contabilizar la energía generada por la instalación, para después repartirla entre los distintos vecinos que forman parte del autoconsumo (a cada vecino le corresponde un porcentaje de la energía generada).
En la propuesta planteada se elimina la necesidad de instalar este contador, repartiendo la energía “excedentaria” de la planta, es decir, aquella “sobrante” después de restar los consumos de los usos comunes (el ascensor, las luces del descansillo…), consumos poco significativos en comparación al total de los mismos.
¿Y cuál es la principal ventaja de esta medida? El ahorro que supone no tener que instalar este dispositivo que encarece la planta y retrasa la activación del autoconsumo (la instalación de este dispositivo depende de la distribuidora). Además, con solamente un tercio de los votos a favor de esta iniciativa, la instalación de autoconsumo podrá llegar a buen término.
Otra posibilidad que se abre al permitir repartir la energía excedentaria en vez de la generada es la de que exista un llamado “autoconsumidor principal”. En este caso, dicho participante consumirá en primera instancia la energía generada por la instalación renovable, repartiendo a posteriori la energía que no utilice entre el resto de participantes del autoconsumo (con sus coeficientes de reparto correspondientes). Otra imagen vale más que mil palabras:
De igual forma que en el caso anterior, una de las ventajas de esta medida es la no necesidad de instalar el contador de generación, evitando las correspondientes demoras de su instalación y el ahorro económico que esto supone. Además, se permitiría acelerar los trámites para poner en marcha la instalación, pues podría activarse en primer lugar un autoconsumo individual (el del “autoconsumidor principal”) y después modificarse la modalidad a un autoconsumo colectivo.
Pero el beneficio fundamental de este tipo de iniciativas es abrir a la sociedad nuevas posibilidades de compartir energía para que cada ciudadano pueda adaptar su situación individual a la “técnica” que mejor se adapte a su forma de consumir energía y así fomentar la penetración de las energías limpias en el mix energético español, sin imposibilitar la elección de las opciones vigentes en la normativa actual.
Incentivar estas iniciativas promueve también la “solidaridad” entre los vecinos (que no solo son aquellos que pertenecen a un bloque de viviendas, sino también el colegio o la parroquia del barrio con los comercios cercanos), y además favorece la eficiencia a la hora de compartir energía. Las comunidades energéticas juegan por tanto un papel fundamental en el ecosistema de la sociedad. Estos agentes del sector eléctrico son el siguiente escalón en la transición energética, pues aúnan en una misma entidad a entes locales, autoconsumo, movilidad, almacenamiento, y a la economía local. Por ende, autoconsumo colectivo y comunidades energéticas van de la mano.
No obstante, para permitir el desarrollo de las comunidades energéticas es vital la existencia de un marco normativo en esta cuestión, además de ampliar la distancia que delimita que actualmente se considera autoconsumo (2000 metros en el mejor de los casos).
Otro elemento clave que jugará (y juega) un papel fundamental no sólo en la implantación del autoconsumo, sino también como elemento relevante de generación distribuida, es el almacenamiento. Este agente no solo permite acumular el excedente extra generado durante las horas de mayor producción renovable, evitando que este se pierda, sino que además su instalación permite la mejor gestión de los consumos de los particulares, quienes consumirán de sus baterías en horas en las que el precio de mercado sea más alto, momento que además coincide con el periodo de mayor congestión de las redes.
La hibridación de instalaciones de almacenamiento y autoconsumo colectivo permite también diseñar este tipo de instalaciones de una forma óptima, de acuerdo a las necesidades de los participantes del autoconsumo, maximizando el porcentaje de energía autoconsumida y el espacio disponible para instalar las placas, sin el riesgo de desperdiciar parte de la energía generada.
Para finalizar, no nos olvidamos del resto de medidas que promovemos desde UNEF para continuar con desarrollo del autoconsumo: extender la tramitación simplificada a instalaciones de mayor capacidad de acceso (450 kW), permitir la exención del permiso de acceso y conexión a instalaciones que inyecten menos de 15 kW o favorecer los beneficios fiscales de este tipo de instalaciones. Cinco años después de la aprobación del RD 244/2019 la normativa y los procesos de tramitación del autoconsumo necesitan una revisión para adaptarse a las nuevas formas de compartir energía y en UNEF estamos comprometidos a participar en la adaptación de los mismos.
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