Con el Real Decreto-ley 7/2025, España ha redefinido la responsabilidad civil de los titulares de instalaciones de energías renovables que comparten infraestructuras de conexión a la red. Los cambios afectan especialmente a las estructuras conocidas como ‘árbol de navidad’, en las que varias instalaciones vierten energía a la red a través de una línea o subestación común.
Responsabilidad externa: solidaria frente al operador de red
La principal novedad consiste en la introducción de la responsabilidad solidaria de los titulares “ante el sistema eléctrico”. Aunque la norma no distingue expresamente entre relaciones externas e internas, esta diferenciación es esencial para una correcta interpretación jurídica.
Así establece el nuevo art. 21.5 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico según RDL 7/2025:
Los titulares de instalaciones de producción y de instalaciones de almacenamiento que utilicen infraestructuras de evacuación compartidas para verter en una misma posición de una subestación de transporte o distribución responderán ante el sistema eléctrico solidariamente ante cualquier suceso, petición, acto u omisión de sus deberes que se produzca o esté motivado en dichas infraestructuras comunes de evacuación.
Esto implica que cada titular puede ser considerado responsable por la totalidad de los daños o incumplimientos relacionados con la infraestructura compartida, independientemente de su participación o culpa individual. Se prohíben expresamente las cláusulas contractuales que pretendan excluir esta responsabilidad o transferirla a terceros en las relaciones externas.
Relaciones internas: regla supletoria en ausencia de acuerdo
En las relaciones internas entre titulares, se mantiene la libertad contractual. Los titulares están obligados a suscribir un acuerdo interno de responsabilidad que regule los mecanismos de responsabilidad y de repetición.
En caso de no presentarse dicho acuerdo, se aplicará una regla supletoria legal: la responsabilidad se distribuirá proporcionalmente según la capacidad de acceso establecida en los permisos de conexión a la red entre todos los titulares de la agrupación de vertido.
Esta solución legal puede generar resultados injustos, ya que no considera quién es realmente responsable del daño. En ausencia de un acuerdo, todos los titulares responderán proporcionalmente, incluso si un solo ha causado de forma exclusiva el perjuicio.
Revisión de seguros altamente recomendada
La introducción de la responsabilidad solidaria incrementa significativamente el riesgo individual de cada titular. Se recomienda revisar y, en su caso, adaptar las pólizas de seguro existentes. En particular, deben cubrirse los siguientes aspectos:
– Daños derivados del uso de infraestructuras compartidas
– Supuestos de responsabilidad solidaria
– Reclamaciones de repetición en relaciones internas
Además, podrían ser necesarios nuevos modelos de seguros adaptados específicamente a los riesgos de puntos de conexión compartidos. Se recomienda considerar pólizas de ‘umbrella liability insurance’ que cubran exclusivamente este nuevo riesgo adicional. La cuantía de la cobertura se centrará en general en los riesgos de impago en caso de insolvencia, dado que las instalaciones individuales ya suelen estar aseguradas por pólizas específicas. En caso de duda sobre la cobertura de cada póliza individual, puede ser conveniente contratar una póliza de ‘segunda capa’ si la cobertura básica resulta insuficiente.
Para nuevos proyectos, la suscripción de un acuerdo interno de responsabilidad será requisito obligatorio para la obtención de la autorización de explotación.
Conclusión
La nueva regulación representa un cambio de paradigma en el régimen de responsabilidad del sector energético en España. Titulares, inversores y financiadores no deben subestimar los nuevos riesgos legales.

Rödl & Partner, Barcelona
—Jochen Beckmann es abogado y mediador en conflictos mercantiles y árbitro (ICC) en el bufete internacional Rödl & Partner en Barcelona, donde asesora y representa a empresas, especialmente en los sectores de construcción industrial internacional y energías renovables en España. —
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