Hoy se ha publicado en el BOE la Resolución de 8 de junio de 2025, de la CNMC, que establece las especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso firme de la demanda a las redes de distribución de electricidad.
El objetivo es desarrollar criterios técnicos homogéneos en todo el territorio nacional para evaluar el acceso a la red de distribución por parte de instalaciones de demanda o almacenamiento en modo demanda.
Estas especificaciones se aplican a:
– Gestores de redes de distribución (GRD).
– Titulares de instalaciones de demanda o almacenamiento conectadas a la red de distribución.
– Solicitantes y tramitadores de permisos de acceso y conexión (incluyendo promotores de planeamientos urbanísticos).
La resolución detalla el marco aplicable tanto a nuevas solicitudes como a modificaciones de permisos ya concedidos.
Se establece la capacidad de acceso máxima y mínima para solicitudes de acceso y conexión para un único suministro o agrupación, que pueden admitir las redes de distribución.
En caso de existir varias alternativas, se elegirá la de mínimo coste para el sistema eléctrico de las redes de distribución garantizando la calidad de suministro.
Los distribuidores calcularán y publicarán las capacidades de demanda existentes de acuerdo con el formato regulado en la resolución de 30 de abril de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
El 9 de septiembre de 2025 se publicarán por primera vez los mapas de capacidad de acceso firme de la demanda a la red de distribución en la página web de los gestores de la red de distribución. La información que se publique será homogénea para todos los gestores de la red de distribución, y se publicará en formatos editables electrónicamente.
La distribuidora irá atendiendo estas solicitudes en orden de entrada de solicitudes completas.
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