Para conectar la generación descentralizada de energías renovables y atender la creciente demanda, es necesario modernizar y ampliar las redes de distribución de electricidad. En ese sentido, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una resolución por la que se establecen las especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso firme de la demanda a las redes de distribución de electricidad.
La resolución de la CNMC fija criterios únicos que las distribuidoras deben utilizar para calcular la capacidad disponible y maximiza la capacidad disponible con garantía de suministro. “Los nuevos cálculos permitirán una mayor utilización de la red disponible y una mayor claridad sobre los análisis aplicados”, explica la CNMC.
Las distribuidoras, que deben publicar los mapas de capacidad disponible para demanda firme en la red de distribución el 9 de septiembre, aplicarán criterios homogéneos para calcular la capacidad disponible en su red eléctrica para conectar nuevas instalaciones de demanda.
Entre los criterios homogéneos para el cálculo de la capacidad, destacan las potencias máximas y mínimas por nivel de tensión, lo que facilitará al solicitante conocer si debe o no presentar garantías. El escenario de estudio será homogéneo y se tendrán en cuenta las caducidades de los permisos y de los derechos de extensión.
Por otro lado, se establece que las previsiones de funcionamiento de las instalaciones existentes se basarán en medidas horarias reales, por lo que se introduce el perfil de funcionamiento real de las instalaciones y las potencias realmente demandadas.
Asimismo, se definen unos coeficientes de simultaneidad únicos para todo el territorio nacional; el concepto de demanda singular para permitir que los gestores de la red de distribución tengan capacidad para atender una demanda razonable; y también se definen las relaciones entre gestores de la red: cuándo es necesario informe de aceptabilidad e intercambio de información.
El 9 de septiembre de 2025 se publicarán por primera vez los mapas de capacidad de acceso firme de la demanda a la red de distribución en la página web de los gestores de la red de distribución. La información que se publique será homogénea para todos los gestores de la red de distribución, y se publicará en formatos editables electrónicamente.
Las instalaciones que deseen solicitar la capacidad disponible deberán aportar la información prevista en el anexo I de la Circular 1/2024, de 27 de septiembre, de la CNMC, y las garantías económicas reguladas en el artículo 23.bis del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre.
La distribuidora irá atendiendo estas solicitudes en orden de entrada de solicitudes completas.
La CNMC explica que es posible que las industrias que planifiquen la electrificación de sus procesos precisen de un incremento de potencia contratada que supere la potencia que tienen vigente actualmente, por lo que tendrían que solicitar un nuevo permiso de acceso.
De acuerdo con la información aportada por el sector, en el año 2024 se denegaron más del 60 % de las solicitudes de acceso y conexión de instalaciones de demanda y almacenamiento: En torno a 40 GW de potencia han solicitado acceso a la red de distribución ese año y les ha sido denegado por falta de capacidad.
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