El Gobierno aprueba un marco regulatorio para descarbonizar el transporte hasta 2040
El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles el Real Decreto de impulso a la descarbonización del transporte y fomento de los combustibles renovables, que establece por primera vez un marco regulatorio con objetivos hasta 2040 para reducir las emisiones asociadas a los combustibles empleados en carretera, navegación, ferrocarril no electrificado y aviación. La norma también introduce un sistema de e-credits para incentivar la recarga de vehículos eléctricos y refuerza el desarrollo del hidrógeno renovable y otros combustibles de origen renovable.
En el transporte por carretera, el decreto fija una senda de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero del 17,6% en 2030 y del 30% en 2040 respecto a los combustibles suministrados. Además, los biocarburantes avanzados, el biogás y los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO) deberán representar conjuntamente el 8% del contenido energético en 2030 y el 22% en 2040. Para la navegación de cabotaje se establece una reducción de emisiones del 9% en 2030 y del 33% en 2040, mientras que el ferrocarril no electrificado deberá reducirlas un 10% en 2030 y un 50% en 2040. En aviación, el real decreto incorpora los objetivos europeos de ReFuelEU Aviation, que exigen un 6% de combustibles sostenibles en 2030 y un 34% en 2040.
El real decreto sustituye el anterior modelo basado en obligaciones de incorporación de biocarburantes en los combustibles de carretera por un sistema de objetivos de reducción de la intensidad de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) aplicable al conjunto de los modos de transporte. El cumplimiento de estas obligaciones podrá acreditarse mediante el suministro de combustibles renovables, incluidos los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO), como los derivados del hidrógeno renovable, así como mediante el consumo de electricidad renovable a través del nuevo mecanismo de e-credits. Las obligaciones se establecen sobre el volumen de combustible comercializado, de modo que los suministradores deberán reducir progresivamente la intensidad de emisiones asociada a la energía que ponen en el mercado.
El cumplimiento de los objetivos recaerá sobre los proveedores de combustible, que deberán acreditar la reducción de emisiones y la incorporación de energía renovable en los productos suministrados. La norma incorpora además la figura de los sujetos habilitados, entre los que se incluyen los productores de RFNBO y los operadores de infraestructuras de recarga, que podrán generar certificados de combustibles renovables y transferirlos a los sujetos obligados para facilitar el cumplimiento de los objetivos regulatorios. Se crea un Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad, destinado a garantizar la trazabilidad de los combustibles renovables a lo largo de toda la cadena de valor, y se establece un sistema anual de reconocimiento para las entidades que certifiquen el mayor volumen de energía renovable destinada al transporte.
El Gobierno señala en un comunicado que, “para visibilizar los esfuerzos en descarbonización, se reconocerá anualmente a los sujetos que hayan conseguido certificar el mayor volumen de energía renovable en el transporte, otorgando sellos distintivos de “líder en transición energética”.
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